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martes, 31 de marzo de 2020
OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: Créditos, financiamiento y demás en la época del ...
OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: Créditos, financiamiento y demás en la época del ...: Inicialmente Banorte y después los demás bancos a través de la Asociación Mexicana de Bancos ofrecen apoyo a sus clientes que tengan créditos vigentes... para el banco crédito vigente es el que se encuentra al corriente... obtenga un crédito... como proceder con la cobranza y aboneros.
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JURIDICO INTEGRAL PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Y ASOCIADOS
Créditos, financiamiento y demás en la época del Coronavirus.
Inicialmente Banorte y después los demás bancos a través de la Asociación Mexicana de Bancos ofrecen apoyo a sus clientes que tengan créditos vigentes.
También el gobierno federal activa un plan de financiamiento
para la economía formal e informal.
Al día de 30 de marzo de 2019, el gobierno federal declara
una Emergencia Sanitaria por causa de fuerza mayor.
Lo cual implica el reconocimiento por parte de la autoridad de
una causa de fuerza mayor que impide el debido cumplimiento de obligaciones,
inclusive de carácter fiscal.
Cabe precisar que para los bancos un crédito vigente es el
que está al corriente al 28 de febrero de 2019, que hace que por fin el cliente
cumplido tenga algún beneficio.
Algunas empresas que se dicen reparadoras de crédito, que
por cierto no están reguladas por la ley, llaman a tener cuidado con las acuerdos
que se hagan con los bancos.
Nosotros llamamos a tener cuidado con los acuerdos que se
tomen con ambos, en especial con los segundos ya que ofrecen negociación de
deudas hasta con el 75%, cuando es posible y hemos logrado hasta el 95% sin que
se tenga que firmar contratos, pagar cuotas, ni sanciones.
Tampoco haga caso a las amenazas de cobradores y aboneros
que le dicen que solo cuenta con unas horas para pagar o en caso contrario estarán
en su domicilio.
No es cierto y aunque pudieran hacerlo NO tiene por que
abrirles o recibirlos, ahora que si lo que pretenden es obligar o amedrentar ya
se trata de un delito que se agrava por el peligro de contagio.
Dicen que se presentarán con un abogado, tendrían que acudir
con un mago para que haga aparecer el dinero donde no lo hay, actualmente se
han suspendido la actividad de los juzgados de tal manera que el abogado que se
presente y se ostente como una autoridad
para embargar bienes estará incurriendo en un delito.
No se trata de incentivar la cultura del NO pago se trata de
que estemos informados y aliviar esa preocupación que genera el acoso de los
aboneros y cobradores, nunca pensamos estar en una situación como esta y ni aún
con toda la ingeniería financiera pueden preverse un descalabro económico ven
el caso de Banco Azteca con un quebranto millonario por un deudor que no pudo
pagar y que simplemente se declaró en quiebra.
Pueden obtenerse créditos que no sean leoninos o
desventajosos con compañías serias y establecidas nosotros le podemos asesorar,
las casas de empeño ya no reciben celulares, ni computadoras, creo que lo que
quieren es oro.
Por todo ello conformamos una red de abogados para atender
todo tipo de cobranza, sobre todo que actualmente no hay judicial por lo que la
extrajudicial puede llegar a otro plano.
Recuerden cobradores y aboneros es muy delgada la línea
entre negociación y extorsión, que por cierto también es delito.
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JURIDICO INTEGRAL PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Y ASOCIADOS
viernes, 27 de marzo de 2020
OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: El INIFED y los efectos del coronavirus.
OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: El INIFED y los efectos del coronavirus.: Rebasada nuestra capacidad de asombro vemos como si fuera una película de suspenso que el coronavirus ha generado el despliegue de acciones...
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JURIDICO INTEGRAL PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Y ASOCIADOS
El INIFED y los efectos del coronavirus.
Rebasada nuestra capacidad de asombro vemos como si fuera
una película de suspenso que el coronavirus ha generado el despliegue de
acciones inusitadas, como los médicos deben protegerse al máximo de posible
contaminación del virus, los muertos como son sacados en recipientes herméticos
para no contaminar, se ha decretado una cuarentena, que en algunos países, inclusive
llega al toque de queda, para impedir que siga la contaminación por la
convivencia diaria.
Eso jamás lo hubiéramos imaginado en la vida real, pero
lamentablemente ahora es así la realidad supera a la ciencia ficción.
Sólo falta que ahora aparezcan los zombis, de cuya
existencia empiezo a dudar debido a que resulta que en esta triste y difícil situación
en la que nos encontramos aparece el INIFED, como un muerto viviente pues pese
a que dejó de existir mediante decreto de julio de 2019, expedido por el presidente
Andrés Manuel López Obrador, hace reclamos de contratos de obra pública de 2014, celebrados con
motivo de los huracanes Ingrid y Manuel en el Estado de Guerrero.
Estas acciones ruines generan graves problemas a los contratistas
debido a que, pese a la situación de crisis, las afianzadoras por ser
instituciones financieras NO han suspendido actividades, por lo que en la
debida integración del procedimiento de reclamación requieren a los contratistas
y los plazos corren para dar respuesta.
Por ello como en nuestro concepto estos actos atentan contra los principios de legalidad, imparcialidad, honradez, eficiencia, eficacia y transparencia, que rigen el servicio público procederemos a formular la denuncia correspondiente independientemente de oponernos a la procedencia de sus pretensiones.
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JURIDICO INTEGRAL PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Y ASOCIADOS
viernes, 20 de marzo de 2020
OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: Estimación contra la falta de pago procede amparo....
OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: Estimación contra la falta de pago procede amparo....: La Federación a través de sus poderes ejecutivo, legislativo y judicial ejecutan obra pública. Aunque sujeta a diversas leyes y disposi...
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JURIDICO INTEGRAL PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Y ASOCIADOS
Estimación contra la falta de pago procede amparo.
La
Federación a través de sus poderes ejecutivo, legislativo y judicial ejecutan
obra pública.
Aunque
sujeta a diversas leyes y disposiciones reglamentarias como en el caso de:
El poder
ejecutivo con base en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las
Mismas y su reglamento.
El poder
legislativo Cámara de Senadores bajo el Manual de Normas para Adquisiciones,
Arrendamientos, Prestación de Servicios y Obras Públicas.
El poder
legislativo Cámara de diputados regido por la NORMA de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas.
Y el
poder judicial conforme al Acuerdo
General de uno de febrero de dos mil nueve, del Pleno de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y Pleno del
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que establece las bases
para que el Poder Judicial de la Federación, las adquisiciones, arrendamiento
de bienes muebles, prestación de servicios, obra pública y los servicios
relacionados con la misma, se ajusten a los criterios contemplados en el
artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La obra pública se paga a través de
estimaciones respaldada por sus generadores correspondientes, la cuales deben
ser pagadas dentro de los plazos previstos en el contrato y en la ley.
Sin que pueda obligarse al contratista a
aplicar el anticipo a manera de financiamiento pues para la amortización del
anticipo existe un procedimiento y un porcentaje aplicable a cada estimación.
Por todo ello se concluye que la falta de pago de una estimación o varias estimaciones se causaría perjuicio al interés social y se contravendrían disposiciones de orden público, por lo que procede el amparo indirecto.
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lunes, 16 de marzo de 2020
OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: Coronavirus. es causa de liberación de obligacione...
OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: Coronavirus. es causa de liberación de obligacione...: La pandemia ocasionada por el coronavirus COVID-19 encuadra sin lugar a dudad en el caso fortuito o fuerza mayor... Sin entrar en la eterna polémica de cuando se presenta el
caso fortuito o fuerza mayor, aunque para nosotros se trata de fuerza mayor, es
una causa de exoneración, exención, dispensa o liberación del cumplimiento de
las obligaciones de todo tipo, civil, mercantil, administrativa, etc.
caso fortuito o fuerza mayor, aunque para nosotros se trata de fuerza mayor, es
una causa de exoneración, exención, dispensa o liberación del cumplimiento de
las obligaciones de todo tipo, civil, mercantil, administrativa, etc.
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JURIDICO INTEGRAL PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Y ASOCIADOS
Coronavirus. es causa de liberación de obligaciones
La pandemia ocasionada por el coronavirus COVID-19 encuadra
sin lugar a dudad en el caso fortuito o fuerza mayor.
Sin entrar en la eterna polémica de cuando se presenta el
caso fortuito o fuerza mayor, aunque para nosotros se trata de fuerza mayor, es
una causa de exoneración, exención, dispensa o liberación del cumplimiento de
las obligaciones de todo tipo, civil, mercantil, administrativa, etc.
La doctrina, que también es fuente del derecho, ha llegado a
concluir que:
“no se puede exigir nunca una obligación que se incumplió por
fuerza mayor.”
Es por ello que no debe caer, independientemente de la
inquietud que se ha generado por las falsas noticias, en el pánico o inquietud
por la inestabilidad económica y la presión casi gangsteril de los aboneros y
cobradores de bancos y tiendas departamentales, como los que elaboraron esta supuesta notificación de catéo.
Tampoco es necesario acudir a las famosas reparadoras de
crédito que al carecer de regulación se encuentran al margen de la ley sin que
puedan ser vigiladas o avaladas por las autoridades como la CONDUSEF o PROFECO.
https://www.condusef.gob.mx/Revista/index.php/credito/deudas/727-reparadoras-de-deuda
Resuelvo tus dudas, no caigas en esas reparadoras que:
NO es gratis debes pagar cuota por integración, alta,
apertura y trámites administrativos;
NO te prestan dinero;
NO asumen tu deuda;
NO puedes dejar de pagar sus honorarios que llaman cuota
mensual así como al final hasta un 30%;
NO detienen el acoso de los aboneros y cobradores.
Es tu dinero, que depositado en una SOFOM o SOFOL, produce
intereses y que al final negociada la deuda, les generan muchas ganancias.
Puedes solucionar tus deudas de $200,000.00 con tan solo
tres pagos de $7,000.00, sé que esto generara toda clase de ataques, por que
disminuye el negocio, pero no podemos dejar de informar que esto es posible
mediante simples consignaciones en pago a través de procedimientos paraprocesales
o no contenciosos de consignación que hacemos a nivel federal.
Mientras tanto también hacemos gestiones para determinar el
procedimiento a través del cual el gobierno, como parte de la estrategia para
evitar los efectos del COVID-19 afecte la economía real y al empleo, tiene
listas líneas de acción, entre las que destaca pago de adeudos a contratistas y
proveedores.
Si no bajan de la red te damos diferentes canales de
comunicación.
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