Construimos con Usted. Soluciones en Concreto
Información relacionada con las leyes de Adquisiciones y Obras Públicas.
Concursos, Inconformidades, Ajustes de costos, Conciliaciones, Rescisiones, Ejecución de fianzas, Juicios de nulidad y amparo, Responsabilidad administrativa, Auditorías y Pliegos de la ASF.
Para consultas, opinión, noticias, criticas, comentarios, dudas, quejas, denuncias, etc., envia un mensaje a jiicamex@gmail.com
jueves, 27 de agosto de 2020
OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: Suspensión, Rescisión y Terminación.
Suspensión, Rescisión y Terminación.
La obra pública actualmente tiene tres escenarios, todos ellos pueden ser consultados en este blog.
Pero en la Nueva Normalidad debido a la pandemia
#Covid19 tendrán las siguientes particularidades:
Suspensión en la que contrariamente a lo que
dispone la ley, por obvias razones será indeterminada.
Terminación en la que por falta de presupuesto
no se dará continuidad a los trabajos y se dejaran en el estado en que se encuentran,
para posteriormente licitarlas o adjudicarlas directamente.
Rescisión en la que arbitrariamente a fin de
evitar responsabilidades y el pago de diversas prestaciones se imputará a la
contratista la falta de conclusión de los trabajos.
En los dos primeros casos deberán pagarse los trabajos ejecutados, así como los gastos no
recuperables, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados
y se relacionen directamente con el contrato de que se trate;
Además si bien es cierto que en los contratos
se prevé que en caso fortuito o fuerza mayor, no podrán reclamarse ciertos
conceptos pues se renuncia expresamente a ellos. También lo es que existen
otros cargos que ineludiblemente habrán de tomarse en cuenta.
Por lo que se refiere a la rescisión, como se
ha venido comentando en este blog, debe ser impugnada obligatoriamente por sus
consecuencias que van desde la imposibilidad de contratar con la misma
dependencia hasta la inhabilitación y la ejecución de fianzas.
Cabe precisar que cuando por caso fortuito o fuerza mayor como lo es el caso de la
pandemia #Covid19 se imposibilite la continuación de los trabajos, el
contratista podrá optar por no ejecutarlos.
En este supuesto, si opta
por la terminación anticipada del contrato, deberá solicitarla a la dependencia
o entidad, quien determinará lo conducente dentro de los quince días naturales
siguientes a la presentación del escrito respectivo; en caso de negativa, será
necesario que el contratista obtenga de la autoridad judicial la declaratoria
correspondiente, pero si la dependencia o entidad no contesta en dicho plazo,
se tendrá por aceptada la petición del contratista.
Es por ello que nos preparamos para que todos
los contratistas puedan tratar este y cualquier otro tema en un foro en que en
el intercambio de experiencias afrontemos estas situaciones, para su preregistro
solo basta enviar un correo a jiicamex@gmail.com
jueves, 6 de agosto de 2020
OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: INIFED la escuela de la corrupción.
INIFED la escuela de la corrupción.
Cuando ya era casi imposible ocultar los graves
actos de corrupción en el INIFED de inmediato el ejecutivo federal expidió el
decreto por el que desapareció al mismo, por lo que a la fecha se encuentra en
extinción.
Sin embargo, como se comentó en diversos artículos, hicieron escuela. Y claro que hicieron escuela, la de la corrupción,
mediante el desvío de recursos gracias a la impunidad sirviendo mas que para nada su desaparición.
Al puro estilo de la Compañía de Luz y Fuerza
del Centro que se perpetuó en su extinción el INIFED sigue vivo paradójicamente
gracias a su conveniente ineptitud.
Recordemos que de la escuela de la corrupción
del INIFED egresaron 32 alumnos que superan al maestro y así en cada Estado hay
un instituto que le da vida al INIFED.
A manera de ejemplo citemos los siguientes
casos:
ICHIFE en Chihuahua jamás terminaron más de 100 obras
contratadas con recursos federales, por lo que dichos recursos siguen ejerciéndose
con la intervención del INIFED.
IGIFE en Guerrero se encuentra coadyuvando con
el INIFED en los juicios que se promueven por supuestos incumplimientos de contratos
de obra pública celebrados hace 7 años, con motivo de los huracanes Ingrid y
Manuel y que tenían plazo de ejecución de tan solo 90 días.
INIFECH en Chiapas desde 2014 se otorgaron
recursos para la ejecución de 148 proyectos y contratos por un importe de 1,47831.5
miles de pesos; sin embargo, al 31 de diciembre 2014, sólo se tenía
comprometido un monto de 1,411,908.1 miles de pesos, por lo que existe un
importe de 59,923.4 miles de pesos que no fue erogado o vinculado a compromisos
y obligaciones formales de pago.
IIFEQ en Querétaro está licitando obras con
recursos del INIFED del programa escuelas al cien es decir del 2018.
IIFEM en Morelia la escuel adigna no existe dese 2013 se firmó un convenio y así lucen las aulas a pesar de que el INIFED anunció en 2017 la inversión de 49 mil millones de pesos.
La lista es larga y triste de repasar por lo que pido a usted nos ayude avisando del instituto que en su Estado es cómplice del INIFED.