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viernes, 12 de junio de 2020

OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: La tormenta que viene y la nueva normalidad.

OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: La tormenta que viene y la nueva normalidad.: En la mayoría de los casos la obra pública no se ha suspendido.   Sin embargo con o sin suspensión debe analizarse la actualización de costos, ajuste de costos o escalatoria, además de...

La tormenta que viene y la nueva normalidad.

En la mayoría de los casos la obra pública no se ha suspendido.

 

Sin embargo con o sin suspensión debe analizarse la actualización de costos, ajuste de costos o escalatoria como se le quiera llamar.

 

Este tema ya ha sido tratado, pero resulta necesario retormarlo debido a que debe tenerse en cuenta los plazos para que el contratista los reclame, así como el de la contratante para resolver o contestar.

 

En ambos supuestos existen consecuencias, para el contratista el de perder el derecho para reclamarlos y para la contratante el que se tengan por aceptados.

 

También si existió de por medio un oficio de suspensión o si solo fue de palabra.

 

Debe tomarse en cuenta que a pesar de que el Gobierno Federal declaro la Emergencia Epidemiológica por fuerza mayor en algunos casos no la reconoce como en el caso de pago de impuestos o del seguro social.

 

La renuncia obligada que hace el contratista en el oficio de suspensión en donde de manera unilateral la contratante informa que se suspenden los trabajos y que el contratista renuncia a su derecho a formular reclamo alguno.

 

Esa renuncia no incluye la actualización de costos, ajuste de costos o escalatoria debido a que la renuncia no debe afectar la viabilidad de los trabajos además de que al estar contenida en una ley de orden público e interés social son derechos irrenunciables.

 

Cabe precisar que en caso de fuerza mayor procede el pago de los conceptos que la ley señala, sin que afecte al ajuste de costos.

 

También deberá tomarse en cuenta el impacto de los protocolos determinados por el IMSS en el denominado SANO RETORNO de acuerdo al tamaño y tipo de obra ya sea a cielo abierto, edificación y obras subterráneas así como en el aspecto de los conceptos extraordinarios (sanitización, guantes, cubre bocas, termómetros y personal encargado) como en el programa de trabajo y montos de obra.

 

Finalmente el costo por financiamiento cuyo procedimiento para el análisis, cálculo e integración fue fijado por cada dependencia o entidad.

 

Y no debemos descartar la posibilidad de que algunos trabajos sean suspendidos o cancelados lo cual llevaría a una terminación anticipada que deberá analizarse cuidadosamente en la que se deberán cuantificar las prestaciones a las que tiene derecho el contratista.

 



Temas relacionados:


Ajuste de costos.


Terminación anticipada.


Terminación anticipada aceptación ficta.


Finiquito.