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martes, 13 de septiembre de 2016
OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: Factor de Salario Real.
OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: Factor de Salario Real.: Al momento de formular la propuesta para el concurso, el programa de análisis de precios unitarios se alimenta con los precios de los insum...
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JURIDICO INTEGRAL PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Y ASOCIADOS
Factor de Salario Real.
Al momento de formular la propuesta
para el concurso, el programa de análisis de precios unitarios se alimenta con
los precios de los insumos, en los cuales se anota por ejemplo:
Salario base peón: 130 pesos / jornal
que es exactamente lo que el patrón paga líquido en efectivo al peón que está
en obra.
Hay dos enfoques de ver esta
situación, con respecto al significado de salario base:
1.- Si el salario base, significa el salario
líquido en efectivo que se le paga al trabajador, entonces el cálculo correcto
del FASAR, para efecto de reflejar todos los costos reales sería:
% patrón + % trabajador
ya que además de los $ 130 pesos
líquidos que se le paga al trabajador, se le paga al seguro la cuota patronal y
también le pago la cuota obrera.
2.- Si el salario base, significa el salario
bruto, al momento de hacer la nómina le haría una retención al trabajador de su
cuota obrera y en vez de pagarle los $130 pesos, le estaría pagando $ 128.25
pesos diarios líquidos, entonces el cálculo correcto del FASAR, para efecto de
reflejar todos los costos reales sería:
% patrón
ya que estaría pagándole al IMSS la
cuota obrera, pero a la vez la estaría yo recuperando al momento de hacerle la
retención al trabajador, por lo que en realidad no sería un costo para la empresa.
En el programa de análisis de precios
unitarios, en la ventana para analizar el FASAR, tiene dos opciones:
a. Considerar solo % patrón
(considera los costos de las aportaciones patronales al seguro social)
b. Considerar % patrón + % trabajador
(considera los costos de las aportaciones patronales al seguro social, y las
aportaciones de los trabajadores al seguro social)
Si usted elije la opción b. la
convocante puede descalificarlo no obstante que en la realidad en los pagos de
las liquidaciones mensuales que hace al seguro social, se incluyen las
aportaciones patronales y las aportaciones de los trabajadores.
El patrón entera ambos.
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