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lunes, 24 de mayo de 2021

OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: Pirata o Corsario Aeroportuario.

OBRA PUBLICA: Pirata o Corsario Aeroportuario.: ... Lo anterior viene como anillo al dedo con lo que esta sucediendo en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.

 

Ahí parece que se ha otorgado una patente de corzo al encargado o subgerente de la Subgerencia de Ingeniería Víctor Manuel Márquez González.

 

Dicha patente consta en un poder notarial absolutamente nulo, pues se otorgan facultades extralegales.

 

Con tal poder se realizan todo tipo de actos que no puede realizar ni siquiera el director general, que fue quien concedió dichas facultades, como licitar, adjudicar, recibir y analizar propuestas, emitir dictámenes y fallos, firmar contratos de obra pública y rescindirlos, así como resolver todo tipo de inconformidades...


Pirata o Corsario Aeroportuario.

Por definición el pirata es lo perteneciente o relativo a lo ilegal, que carece de la debida licencia, que se dedica al abordaje para robar.

 

Corsario deriva de corso. Se llama corso a la campaña que las embarcaciones mercantes, con patente de las autoridades de su país, llevaban a cabo en la antigüedad para perseguir enemigos o piratas.

 

La patente de corso autorizaba a navegantes a actuar según las leyes de la guerra.

 

Los corsarios, de este modo, podían sabotear y atacar los barcos de las naciones enemigas, robando sus mercaderías.

 

A menudo se piensa que es lo mismo pero existe una gran diferencia y que consiste en que los corsarios contaban con una autorización o permiso para robar.

 

Lo anterior viene como anillo al dedo con lo que esta sucediendo en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.

 

Ahí parece que se ha otorgado una patente de corzo al encargado o subgerente de la Subgerencia de Ingeniería Víctor Manuel Márquez González.

 

Dicha patente consta en un poder notarial absolutamente nulo, pues se otorgan facultades extralegales. 



Con tal poder se realizan todo tipo de actos que no puede realizar ni siquiera el director general, que fue quien otorgó dichas facultades, como licitar, adjudicar, recibir y analizar propuestas, emitir dictámenes y fallos, firmar contratos de obra pública y rescindirlos, así como resolver todo tipo de inconformidades.

 

Con absoluta impunidad se firman contratos inexistentes por falta de consentimiento de quien tiene las facultades y atribuciones para tal efecto, conforme a la legislación civil que en los propios contratos se señala como aplicable.

 

Y en el mejor de los escenarios, en ese ámbito civil, suponiendo sin conceder que tales contratos fueran existentes resultan nulos, por ausencia de vicios de la voluntad, capacidad y licitud.

 

Pero si trasladamos el problema al ámbito administrativo dichos actos también son nulos.

 

Se ha llegado al descaro de hacer licitaciones sin respeto más mínimo a la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con las Mismas en especial cuanto a los plazos que esta señala, en donde se lanza la convocatoria el miércoles 31 de marzo, último día hábil de la semana santa, además de que el día 01 de Mayo es inhábil por ley, se cita a la visita de obra para el lunes 05 de abril, junta de aclaraciones al día siguiente 06 de abril y presentación de propuestas el viernes 09 y fallo al lunes siguiente 12 de abril.


Por disposición de la ley estas licitaciones NO cumplen ni siquiera con los plazos recortados, además de que debe existir un plazo razonable para la presentación de las propuestas técnica y económica correspondientes so pena que de no ser así el fallo sea nulo.

 

Hemos logrado que algunos fallos sean diferidos sin embargo la autoridad parece ausente en especial el Titular del Organo Interno de Control de la Secretaría de la Función Pública que a regañadientes finge ejercer sus funciones de fiscalización y sobre todo de evitar esta clase de actos separando de su cargo al que los genera.

 

En lo que la autoridad hace algo nosotros continuamos ejecutando acciones pero resulta de transcendental importancia que los que se vean directamente afectados recurran o impugnen dichos actos ante los tribunales correspondientes, pues es mas que evidente que subsiste la bonita tradición transexenal de que el Organo Interno de Control resulta cómplice propiciando y promoviendo corrupción.

 

En breve publicaremos las demandas que hemos presentado para la declaración judicial de nulidad de tales contratos que al parecer su propósito no es ejecutar las obras sino tan solo llevarse los anticipos a través de empresas fantasma lo cual se corrobora con la supuesta impermeabilización que se contrató en el año 2020 y que no obstante que se reporta como ejecutada resulta que cuando llueve termina de llover en la calle y en el interior continua la tormenta por varias horas mas.



Foto tomada de El Financiero visible en 
https://www.elfinanciero.com.mx/empresas/2021/05/12/aicm-el-aeropuerto-que-da-la-bienvenida-a-pasajeros-con-goteras-y-charcos/ 

 

Mientras tanto realizaremos una auditoría ciudadana para hacer una revisión exhaustiva de los contratos de obra pública.

 

Cabe preciar que el pirata o corsario aeroportuario tiene una amplia experiencia en estos temas que lo han llevado a la cárcel durante su gestión en el ISSSTE y no obstante fue rescatado por un grupo salinista al que servía para tomar un lugar en el Grupo Aeroportuario y posteriormente estar al frente del saqueo en el AICM.

 



Si tienen alguna información que pudiera resultar de interés o es directamente afectado por la corrupción en el AICM por favor no dude en contactarnos a nuestra dirección electrónica o de nuestras redes sociales.