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sábado, 31 de julio de 2021

OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: Outsorcing en obra pública

OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: Outsorcing en obra pública: En realidad para la mayoría de los contratistas no existirá problema alguno con el outsourcing... es el gobierno federal el que esta realizando las licitaciones mediante outsourcing, un caso especifico es el AICM...

Outsorcing en obra pública

En realidad para la mayoría de los contratistas no existirá problema alguno con el outsourcing, pues no debe confundirse con la contratación de mano de obra calificada.

 

Sin embargo para las grandes empresas que licitan para ganar los contratos como Iberdrola, Siemens y otras que enseguida subcontratan a contratistas que son los que en realidad los ejecutan, sí será un dilema.

 

Estas grandes empresas solo son administradoras de los contratos, no tienen personal ni equipo, en sus oficinas solo existe personal de gabinete que consolida la información de los diversos subcontratistas para realizar sus estimaciones.

 

También el propio gobierno estará en problemas pues por disposición expresa de la Ley de Obras Públicas y su reglamento la persona encargada en la dependencia o entidad de las licitaciones debe tener experiencia y capacidad suficiente, por lo que no se ve razón para este tipo de contrataciones que propicia la corrupción, dada la discrecionalidad con la que se manejan estos contratos pues una vez elaborado el cuadro frío aún y cuando en los diversos apartados aparezca la leyenda NO CUMPLE sí la obra ya se prometió a un contratista se la asignan.

 

En efecto, existe una práctica, que de entrada es ilegal, de contratar servicios para las licitaciones, invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa, que incluye entrega de dictámenes, elaboración de actas de los fallos y los oficios de adjudicación en formatos Word (sic) es decir solo para firma de los servidores públicos que son en realidad quienes tienen las atribuciones y facultades para ello.

 


Haciendo a un lado toda la estructura, capacidad, facultades y atribuciones del personal del AICM para llevar a cabo las licitaciones se ha contratado a una empresa llamada COPERO quien realiza estas actividades iguales o similares a la de los servidores que se encuentran en el organigrama del AICM, que por cierto no es pública pues no aparece por ningún lado, si usted busca el organigrama o directorio o estructura orgánica verá la del Organo Interno de Control de la SFP en el AICM quien al parecer es el que propicia y promueve la corrupción.





Independientemente de lo ilegal, esto es outsorcing.

 

Felicidades a los empleados de COPERO ahora pasarán a formar parte de la plantilla de servidores de la Nación de dicha paraestatal.