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lunes, 19 de julio de 2010

Cobranza molesta

Si eres víctima de malas prácticas de cobranza: cliente con retrasos, cliente sin reconocer adeudo o simplemente te llaman para cobrarte por otra persona, presenta una denuncia.

Sin lugar a dudas la irresponsabilidad, el capricho, negligencia o la ignorancia inexcusable de algunos servidores públicos causan graves problemas a los contratistas en el ejercicio de un contrato de obra pública, sobre todo si el flujo en el pago de las estimaciones no es de acuerdo al contrato, o si con el motivo de un proceso rescisorio hace que los pagos queden suspendidos o simplemente se exceden en los plazos para la autorización de precios extraordinarios o trabajos adicionales.

Cuando dejas de pagar a tus proveedores, maquinaria, equipo, tarjetas, hipoteca, auto o cualquier otro crédito de inmediato comienza el acoso, de quienes pretenden cobrar lo adeudado, a través de cualquier medio, en especial por medio de llamadas telefónicas.

El Director General de Servicios Legales de la CONDUSEF, ha señalado que

“Si bien se tiene derecho legítimo de cobrar lo que debes, no tienen derecho de hacerlo en forma grosera, insultante o amenazadora”.

"En efecto, la cobranza debe realizarse bajo un código de ética, de manera razonable, pero sobre todo conforme a derecho, basada en principios profesionales y tecnológicos."

Comunmente los acreedores contratan los servicios de empresas de cobranzas quienes realizan prácticas indebidas de cobranza.

Según la CONDUSEF los encargados de realizar la cobranza deberán seguir el siguiente código de ética:

A). Identificarse plenamente (nombre completo, empresa en que labora y a la que representa;
B). Explicar la situación, saldo y negociación que pretende;
C). Recibir tus quejas, sugerencias o comentarios y hacerlos llegar al responsable de la unidad especializada de la institución financiera;
D). Evitar el uso de lenguaje obsceno, palabras altisonantes, acoso o amenaza;
E). Simular que son autoridad judicial (actitudes, vocabulario o papelería que lleve al engaño;
F). No deberán engañar a los deudores que de no cubrir su deuda serán privados de su libertad, que serán sujetos de demandas, de embargos, de arrestos o notificaciones judiciales o que se ha iniciado juicio en su contra;
G). No podrán comunicarse con menores o personas de la tercera edad;
No deberán hacer llamadas después de las 23:00, ni antes de las 6:00;
H). Colocar cartelones, cartas u otro medio impreso en tu domicilio;
I). Incrementar tu adeudo de manera irregular o hacer ofrecimientos sin autorización de la institución financiera.

Denuncie de inmediato en la CONDUSEF dando click

Formato denuncia electrónica

O a los teléfonos 01800-397080, desde el interior de la República o al 5340-0999 si es del Distrito Federal.

Finalmente antes de negociar consulte a la CONDUSEF o a un abogado, pues podría estar haciendo el problema mas grande aceptando intereses exagerados, condiciones leoninas o renunciando a algún beneficio como, a la prescripción de la deuda.

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