JIICAMEX

JIICAMEX
JIICAMEX

jueves, 6 de agosto de 2020

INIFED la escuela de la corrupción.

Cuando ya era casi imposible ocultar los graves actos de corrupción en el INIFED de inmediato el ejecutivo federal expidió el decreto por el que desapareció al mismo, por lo que a la fecha se encuentra en extinción.

 

Sin embargo, como se comentó en diversos artículos, hicieron escuela. Y claro que hicieron escuela, la de la corrupción, mediante el desvío de recursos gracias a la impunidad sirviendo mas que para nada su desaparición.

 

Al puro estilo de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro que se perpetuó en su extinción el INIFED sigue vivo paradójicamente gracias a su conveniente ineptitud.

 

Recordemos que de la escuela de la corrupción del INIFED egresaron 32 alumnos que superan al maestro y así en cada Estado hay un instituto que le da vida al INIFED.

 

A manera de ejemplo citemos los siguientes casos:

 

ICHIFE en Chihuahua jamás terminaron más de 100 obras contratadas con recursos federales, por lo que dichos recursos siguen ejerciéndose con la intervención del INIFED.

 

IGIFE en Guerrero se encuentra coadyuvando con el INIFED en los juicios que se promueven por supuestos incumplimientos de contratos de obra pública celebrados hace 7 años, con motivo de los huracanes Ingrid y Manuel y que tenían plazo de ejecución de tan solo 90 días.

 

INIFECH en Chiapas desde 2014 se otorgaron recursos para la ejecución de 148 proyectos y contratos por un importe de 1,47831.5 miles de pesos; sin embargo, al 31 de diciembre 2014, sólo se tenía comprometido un monto de 1,411,908.1 miles de pesos, por lo que existe un importe de 59,923.4 miles de pesos que no fue erogado o vinculado a compromisos y obligaciones formales de pago.

 

IIFEQ en Querétaro está licitando obras con recursos del INIFED del programa escuelas al cien es decir del 2018.


IIFEM en Morelia la escuel adigna no existe dese 2013 se firmó un convenio y así lucen las aulas a pesar de que el INIFED anunció en 2017 la inversión de 49 mil millones de pesos.

 

La foto de este artículo fue publicado en https://www.mimorelia.com/se-avanza-en-reconstruccion-de-escuelas-de-palitos-en-michoacan/


La lista es larga y triste de repasar por lo que pido a usted nos ayude avisando del instituto que en su Estado es cómplice del INIFED.

miércoles, 8 de julio de 2020

OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: Fianza improcedencia de su pago (editado)

OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: Fianza improcedencia de su pago (editado): Sí una vez hecha la reclamación a la afianzadora ésta se niega a hacer el pago correspondiente a la dependencia o entidad está en aptitud ...En conclusión si el contratista tiene un saldo a favor o un pago pendiente que no le haya hecho la dependencia o entidad la afianzadora...

viernes, 12 de junio de 2020

OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: La tormenta que viene y la nueva normalidad.

OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: La tormenta que viene y la nueva normalidad.: En la mayoría de los casos la obra pública no se ha suspendido.   Sin embargo con o sin suspensión debe analizarse la actualización de costos, ajuste de costos o escalatoria, además de...

La tormenta que viene y la nueva normalidad.

En la mayoría de los casos la obra pública no se ha suspendido.

 

Sin embargo con o sin suspensión debe analizarse la actualización de costos, ajuste de costos o escalatoria como se le quiera llamar.

 

Este tema ya ha sido tratado, pero resulta necesario retormarlo debido a que debe tenerse en cuenta los plazos para que el contratista los reclame, así como el de la contratante para resolver o contestar.

 

En ambos supuestos existen consecuencias, para el contratista el de perder el derecho para reclamarlos y para la contratante el que se tengan por aceptados.

 

También si existió de por medio un oficio de suspensión o si solo fue de palabra.

 

Debe tomarse en cuenta que a pesar de que el Gobierno Federal declaro la Emergencia Epidemiológica por fuerza mayor en algunos casos no la reconoce como en el caso de pago de impuestos o del seguro social.

 

La renuncia obligada que hace el contratista en el oficio de suspensión en donde de manera unilateral la contratante informa que se suspenden los trabajos y que el contratista renuncia a su derecho a formular reclamo alguno.

 

Esa renuncia no incluye la actualización de costos, ajuste de costos o escalatoria debido a que la renuncia no debe afectar la viabilidad de los trabajos además de que al estar contenida en una ley de orden público e interés social son derechos irrenunciables.

 

Cabe precisar que en caso de fuerza mayor procede el pago de los conceptos que la ley señala, sin que afecte al ajuste de costos.

 

También deberá tomarse en cuenta el impacto de los protocolos determinados por el IMSS en el denominado SANO RETORNO de acuerdo al tamaño y tipo de obra ya sea a cielo abierto, edificación y obras subterráneas así como en el aspecto de los conceptos extraordinarios (sanitización, guantes, cubre bocas, termómetros y personal encargado) como en el programa de trabajo y montos de obra.

 

Finalmente el costo por financiamiento cuyo procedimiento para el análisis, cálculo e integración fue fijado por cada dependencia o entidad.

 

Y no debemos descartar la posibilidad de que algunos trabajos sean suspendidos o cancelados lo cual llevaría a una terminación anticipada que deberá analizarse cuidadosamente en la que se deberán cuantificar las prestaciones a las que tiene derecho el contratista.

 



Temas relacionados:


Ajuste de costos.


Terminación anticipada.


Terminación anticipada aceptación ficta.


Finiquito.




 

 


viernes, 17 de abril de 2020

OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: Deudas efectos del coronavirus.

OBRA PUBLICA  Como si la pandemia del CORONAVID19 no fuera una
preocupación suficiente, que pareciera que estamos viviendo una pesadilla de la
cual quisieramos despertar, los cobradores y aboneros se unen para hacer mas
angustiante el día a día, hoy 16 de abril de 2020, a las 19:59, personal de Banamex
o gente a su servicio llama por teléfono para avisar que habrá una diligencia el
día de mañana en un domicilio...

Deudas efectos del coronavirus.

Como si la pandemia del CORONAVID19 no fuera una preocupación suficiente, que pareciera que estamos viviendo una pesadilla de la cual quisieramos despertar, los cobradores y aboneros se unen para hacer mas angustiante el día a día, hoy 16 de abril de 2020, a las 19:59, personal de Banamex o gente a su servicio llama por teléfono para amenazar que habrá una diligencia el día de mañana en un domicilio.







Si bien es cierto los bancos han ofrecido apoyos, que en la mayoría de los casos, pocos por no decir nadie ha podido acceder a ellos, también lo es que la CONDUSEF ha expresado que NO son obligatorios dichos apoyos y queda a discreción del banco concederlos o no.






https://www.eluniversal.com.mx/cartera/negocios/bancos-no-estan-obligados-aceptar-solicitudes-de-apoyo-condusef


Pues bien, como lo hemos dicho y seguiremos diciendo la legislación prevé como casos de excepción al cumplimiento de obligaciones la fuerza mayor, por lo que si no otorgan los beneficios será imputable a ellos el incumplimiento, pues nadie puede prevalerse de sus propios errores, como fallas en sus sistemas, saturación de las líneas, etc.

El Gobierno de la República mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación declaró Emergencia Sanitaria por causa de fuerza mayor y siendo así las cosas el incumplimiento NO es imputable al deudor.

Aún mas, como fuentes del derecho no solo es la ley, la jurisprudencia y la doctrina sino también los principios generales del derecho resultando aplicable el siguiente:

Nadie está obligado a lo imposible.



Banamex, Elektra, Banco Azteca, C&A y algunos otros son los más agresivos, para este tipo de aboneros, cobradores y demás lacras que más bien parecen pandilleros existen dos tratamientos.

Si dicen que realizaran una diligencia estarán incurriendo en un delito ya que para que haya una diligencia judicial debe ser ordenada por un juez y realizada a través de un actuario que es la persona a la que el juzgado ha dotado de fe pública para tal efecto y que por cierto en la mayoría de los casos reanudan labores en junio de 2020.

Si dicen que van a negociar pero bajo amenaza física o moral, entonces incurren en el delito de extorsión.

En ambos casos puede solicitar una patrulla y al estar en flagrancia serán detenidos.

Ya conformamos una Red de Abogados con cobertura en toda la República a fin de que los deudores tengan no solo asesoría y consejo legal sino también presencia en el lugar en donde nos necesiten.

Tendremos el suficiente tiempo de organizarnos para la debida defensa ante los tribunales competentes y mientras tanto contener el acoso, no se equivoquen señores la cortesía no es cobardía.

Si es deudor puede obtener asesoría gratuita por cualquiera de nuestras redes sociales o en este blog.

Si es abogado puede formar parte de la Red en toda la República a través de Consejería Jurídica.