JIICAMEX

JIICAMEX
JIICAMEX

jueves, 11 de junio de 2015

OBRA PUBLICA Jurídico Integral para la Industria de la Construcción y Asociados: Pemex La Ley le da risa.

OBRA PUBLICA Pemex La Ley le da risa.: Tal parece que la disposiciones que rigen las adquisiciones y obras públicas son un lastre para las dependencias y entidades del gobierno f...Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias

Pemex La Ley le da risa.

Tal parece que la disposiciones que rigen las adquisiciones y obras públicas son un lastre para las dependencias y entidades del gobierno federal.

Es por ello que, para lograr “agilizar” sus procedimientos PEMEX ahora como Empresa Productiva del Estado queda exenta de la observancia de éstas y crea las propias que le permiten, según ella, estar por encima de la ley.

Así el pasado 10 de junio de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación las



En las que se prescinde de la ya bastante denostada Secretaría de la Función Pública a través de su Organo Interno de Control y de COMPRANET, reduciéndolo a una unidad administrativa dependiente de el mismo PEMEX denominada de Responsabilidades y controlar todo a través de su portal.

Asi como suprimir la figura de la inconformidad para pasar a ser una simple Reconsideración, que por cierto es revisada por los mismos “funcionarios” de PEMEX y que sólo procede en contra del fallo, que puede ser impugnado ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal Administrativa, del que ya sabemos su burocracia que le impide resolver en tiempo los procedimientos.

Como es lógico, prevé la contratación a través de licitación pública, invitación a cuando menos tres amigos o de plano la adjudicación directa.

Sanciona conforme a la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, que por cierto fue declarada inconstitucional en el caso de #Oceanografía.

Juez federal declaró inconstitucional Ley Federal Anticorrupcion en Contrataciones Públicas, base para inhabilitar a Oceanografía


Sin embargo lo hemos dicho y reafirmamos no puede ninguna de sus disposiciones estar por encima de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en contra de sus actos procede el amparo.

Temas relacionados