Las estimaciones que las dependencias y entidades omitan resolver respecto de su procedencia dentro de un plazo no mayor de quince días naturales siguientes a su presentación se tendrán por autorizadas.
La omisión de su pago da lugar a la reclamación de gastos financieros por parte del contratista.
Fundamento legal artículos 54 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 133 de su reglamento.
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martes, 27 de marzo de 2012
Estimación autorización ficta.
Publicado por
JURIDICO INTEGRAL PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Y ASOCIADOS
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