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miércoles, 2 de junio de 2010
Multa es Inconstitucional
Decremento o ajuste a la baja
Con motivo de la falta de inversión en obra pública los precios de los materiales han registrado un descenso por lo que algunas dependencias y entidades tramitan el ajuste de precios a la baja.
Pero al igual que en el procedimiento a la alza, la dependencia o entidad debe determinarlos dentro de los sesenta días naturales siguientes a la publicación de los índices aplicables al mes correspondiente, mediante la presentación de los estudios y documentación que la soporten.
Transcurrido el plazo establecido en el párrafo anterior, se perderá la posibilidad de solicitar el ajuste de costos por parte la dependencia o entidad.
El reconocimiento por ajuste de costos en reducción se deberá incluir en el pago de las estimaciones, considerando el último porcentaje de ajuste que se tenga autorizado.
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